(En respuesta a las preguntas realizadas por la hermana Norma Maciel)
- ¿Por qué el texto bíblico de la Reina Valera dice Mical?
No es Mical, sino Merab, la esposa de Adriel Meholatita y madre de cinco de los siete hombres ejecutados por los gabaonitas. El matrimonio de Merab con Adriel está en 1 Samuel 18:19. Mical fue casada por Saúl, con Palti o Paltiel, hijo de Lais, después que David huyera, y fue restituida a David cuando este es hecho rey sobre todo Israel (1 Samuel 25:44; 2 Samuel 3:14,15). La Biblia habla que Mical nunca tuvo hijos.
Aunque la mayoría de los manuscritos hebreos dicen “Mical”, por ejemplo la llamada Biblia de Kennicot (una Biblia hebrea preparada por sefardíes o judíos ibéricos, en el siglo XV) aclara que es Merab. La versión caldea (el caldeo es uno de los dialectos del arameo) y el Targum (traducción explicada del Antiguo Testamento en arameo) también registran Merab. La Septuaginta (LXX), traducción griega del Antiguo Testamento, también consigna Merab.
Hay dos explicaciones para este cambio de nombre que proviene del llamado Texto Masorético hebreo, que es el texto hebreo base de nuestras traducciones más conocidas:
- Un error de un copista muy antiguo, que cambió los nombres. El cambio quedó para la posteridad, debido a que los copistas masoretas trataban de respetar el texto hebreo tal y como les había llegado.
- Un error de algún copista que, en un momento dado, no escribió el texto completo, el cual es registrado en la versión caldea y que dice así: “los hijos de Merab, que crió Mical hija de Saúl, y ella (o sea Merab) le dio a luz a Adriel, hijo de Barzilai Meholatita”. En este caso, es muy probable que Merab muriese temprano y que Mical criara a sus sobrinos. Esta es una explicación muy coherente. La razón de la permanencia del cambio sería la misma expuesta en el inciso a.
- ¿Por qué el texto bíblico asocia la sequía con el pecado de Saúl contra los gabaonitas?
Porque la acción de Saúl fue una violación flagrante y repulsiva de un tratado juramentado en el Nombre de Jehova, que había conllevado el asesinato de gabaonitas inocentes. La sangre había sido derramada y no accidental sino intencionalmente.
1º. Un tratado bajo juramento, de carácter nacional, efectuado por Josué y los príncipes, en los tiempos de la Conquista, garantizaba la preservación de la vida de los gabaonitas como pueblo. Ese tratado fue realizado sin consultar a Jehová: “Y los hombres de Israel tomaron de la provisiones de ellos, y no consultaron a Jehová. Y Josué hizo paz con ellos, y celebró con ellos alianza concediéndoles la vida; y también lo juraron los príncipes de la congregación.” (Josué 9:14,15). No obstante, quedó validado de acuerdo con la costumbre y las leyes con respecto a los pactos y juramentos. Aunque el texto bíblico no lo dice de manera explícita, los juramentos realizados por los israelitas tomaban a Dios como testigo. Adicionalmente, cabe señalar que, en el antiguo Cercano Oriente, un juramento era una especie de “documento” con una validez legal tal que romperlo conllevaba pena de muerte. En el resto del capítulo 9, encontramos que, al descubrir el engaño, Josué los condenó a ser esclavos de los israelitas, pero prohibió que se les matara. Este tratado y sus consecuencias tendrían validez para las futuras generaciones.
2º. El rey Saúl, cuya condición psíquica inestable y paranoica es innegable, en su celo religioso y político distorsionado, realizó varias masacres: persiguió a los adivinos y espiritistas (1 Samuel 28:9: en este caso cabe señalar que lo hizo en cumplimiento de la ley, aunque sus motivos reales no son claros); asesinó a los sacerdotes de Jehová en Nob (1 Samuel 22:6-23); llevó a cabo una campaña de exterminio masivo contra los gabaonitas (un verdadero genocidio), impulsado por su celo ciego e irracional y su fanatismo pseudorreligioso. Saúl terminó siendo un hombre muy sanguinario. Aparentemente, después de haber fallado de diferentes maneras delante de Dios y haber incumplido aspectos de la orden del Señor respecto de los amalecitas, en algún momento él se vuelve contra los gabaonitas, so pretexto de que eran remanente de los cananeos a los que Dios había ordenado exterminar, pero violando el tratado de protección a los mismos, efectuado en tiempos de Josué. De modo que violó un pacto hecho bajo juramento (un juramento que, como ya hemos señalado, los israelitas solían efectuar tomando a Jehová como garante del mismo), y derramó sangre inocente.
- ¿Por qué el crimen de Saúl conllevaba pena de muerte?
Porque de acuerdo con las costumbres de los tiempos bíblicos en el Antiguo Testamento, y de acuerdo con principios y mandamientos dados por Dios, la sangre humana derramada debía ser expiada, en otras palabras, el homicida debía pagar con su propia vida el crimen cometido:
- Toda sangre derramada en la tierra trae maldición sobre esta, y reclama la aplicación de la justicia divina (Génesis 4:8-15). Es una ofensa al Creador justo y bondadoso, y una mancha moral sobre la tierra como creación de Dios. Una de las razones por las que el Señor destruyó el mundo antediluviano fue porque “la tierra estaba llena de violencia”.
- La sangre humana derramada contaminaba (y contamina) la tierra. La única manera que esa contaminación podía ser eliminada era mediante la muerte del homicida: “Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis; porque esta sangre mancillará la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó. No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.” (Deuteronomio 35:33,34). Solo la sangre borraba la sangre.
- Es por esta razón que Jehová estableció, en la Ley dada a Israel por medio de Moisés, la necesidad de hacer expiación cuando apareciera alguien muerto, y se desconociera quién lo había matado. En Deuteronomio 21:1-9, se prescribió que debía ser ofrecido un sacrificio expiatorio, consistente en una becerra que no hubiese sido uncida, ni hubiese trabajado. Los ancianos de la población más cercana al lugar del hallazgo del cadáver, debían poner sus manos sobre la becerra y hacer un descargo de inocencia en ella: “… y protestarán y dirán: Nuestras manos no han derramado esta sangre, ni nuestros ojos lo han visto. Perdona a tu pueblo Israel, al cual redimiste, oh Jehová; y no culpes de sangre inocente a tu pueblo Israel. Y la sangre les será perdonada. Y tú quitarás la culpa de la sangre inocente de en medio de ti, cuando hicieres lo que es recto ante los ojos de Jehová” (versículos 7 al 9). En este caso, la sangre derramada de la becerra expiaba el pecado y la culpa del homicidio. Esto forma parte del principio espiritual: “sin derramamiento de sangre, no hay remisión de pecado” (Hebreos 9:22).
- A lo anterior se añade el concepto divino de la imagen de Dios en el hombre, que debía ser respetada. El homicidio es siempre un atentado contra la imago Dei (imagen de Dios). Sólo Dios tenía (y tiene) la prerrogativa de establecer pena de muerte, y sólo los seres humanos podrían ejecutarla en el marco de los parámetros establecidos por Dios (Génesis 9:5,6. Ver también Levíticos 4:17-22: Ley del Talión: ojo por ojo, diente por diente).
- En tiempos patriarcales, cuando primaba la familia sobre cualquier forma de estado, correspondía a miembros de aquella hacer justicia por mano propia, y vengar la sangre derramada. Esto se insinúa en las mismas palabras de Caín a Jehová (Génesis 4:13-15; comparar con 4:23,24), pero se observa posteriormente en la figura llamada “el vengador de la sangre”, de la que se habla en la Ley de Moisés. Anteriormente a esta, no siempre se establecía una distinción entre el homicidio no intencional y el intencional o asesinato. En cualquier caso, el vengador de la sangre tenía derecho a matar al homicida.
- En la ley de Moisés, Dios no eliminó esta especie de institución social (como no eliminó en ese entonces la esclavitud y la poligamia), pero sí la reguló:
- Mandó a establecer ciudades de refugio para los homicidas involuntarios o no intencionales, en las cuales debían vivir hasta que el sumo sacerdote de turno muriera. El vengador de la sangre no podía entrar a la misma, pero podría asechar, y si el homicida salía de la ciudad y caía en manos del vengador de la sangre, este tenía derecho a matarlo (Números 35; Josué 20).
- Estableció que los homicidios voluntarios, intencionales, irremisiblemente llevaran pena de muerte: “Si alguno hubiere cometido algún crimen digno de muerte, y lo hiciereis morir, y lo colgareis en un madero, no dejaréis que su cuerpo pase la noche sobre el madero; sin falta lo enterrarás el mismo día, porque maldito por Dios es el colgado; y no contaminarás tu tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.” (Deuteronomio 21:22,23).
- La pena de muerte impuesta para los homicidios voluntarios o intencionales, se realizaba en un madero. La palabra hebrea empleada para describir este castigo es “talá”, que significa suspender de algo, colgar (ver Génesis 40:19,22; 41:13; Josué 10:26; Ester 7:10; 2 Samuel 18:10; Lamentaciones 5:12). Se suele traducir generalmente como ahorcar, aunque en el caso de Absalón se señala que él colgaba (talá) de una rama, por sus cabellos. En Lamentaciones 5:12, la ejecución de príncipes de Jerusalén, llevada a cabo por los babilonios fue colgarlos (talá) de sus manos y dejarlos morir lentamente, lo que podría hacer alusión a una forma de crucifixión. Aunque se señala que los inventores de la crucifixión fueron los persas, quizás ya los babilonios la habían adoptado. En Josué 10:26, los reyes cananeos fueron muertos primeramente y luego sus cuerpos colgados (talá) y expuestos hasta la caída del sol (Josué 10:27), de acuerdo con lo establecido en la Ley de Moisés.
- La pena por homicidio, fuera involuntario o voluntario no podía ser cambiada por nada. No podía ser pagada con dinero (Número 35:31-32). El homicida involuntario debía hacer una especie de “prisión domiciliaria" en una ciudad de refugio, hasta que muriera el sumo sacerdote bajo cuyo ministerio cometió el homicidio. El homicida voluntario debía morir irremisiblemente, de la manera establecida, tal y como vimos en el punto anterior.
- Existe otra palabra hebrea para nombrar la pena de muerte en madero. El término es “haqá”, y tiene varios significados, algunos de los cuales no tienen que ver con la pena capital. Relacionado con hechos de pena de muerte, significa predominantemente “ejecutar lentamente por exposición (posiblemente crucifixión) o empalamiento”, secundariamente se puede traducir como “ahorcar”. Generalmente los diccionarios bíblicos hacen sinónimas ambas palabras, y versiones como la Reina Valera traducen ambas como “ahorcar”. Sin embargo, existe una distinción entre ambas. Alfonso Ropero, en su Diccionario Enciclopédico de la Biblia, señala: “Medio de ejecución bastante común en el Próximo Oriente Antiguo, sobre todo durante las guerras, el cual consistía en clavar a un individuo por su mismo peso en una estaca afilada, colocada entre las piernas o asestada contra el plexo solar. Los asirios y los persas lo aplicaban también como castigo de faltas graves, tanto militares como civiles, y contra la honestidad. Solo en dos casos se menciona que los israelitas recurrieran a este castigo. Uno en relación con las hijas de Moab, que indujeron a los hebreos a sacrificar a los dioses, por lo cual Moisés dio orden a los jueces de que los mataran y empalaran «a la luz del sol, delante de Yahveh» (Nm. 25:1-5). Otro obedece a una petición de los gabaonitas que solicitaron de Saul siete hombres, diciendo: «para que los ahorquemos delante de Yahveh» (2 Sam. 21:6). Empalar en Israel no era lo mismo que ahorcar —práctica que probablemente tampoco se efectuaba entre los israelitas— puesto que, según Deuteronomio 21:22, se trata de un modo de exposición ejemplar del cuerpo del delincuente ya muerto…”
La práctica de empalar (haqá) implicaba que el condenado moría lentamente, y el cuerpo era dejado hasta que se pudriera, se dislocara y se cayera a pedazos, pues otro de los significados primarios de esta palabra es dislocar o descoyuntar.
Tal y como señala Alfonso Ropero, en este contexto de pena de muerte, el término parece por primera vez en Números 25:4. El pueblo de Israel, en el desierto, había apostatado de su fe, y había rendido culto a Baal-peor. La adoración a esta deidad pagana involucraban ritos sexuales. A la cabeza de esta rebelión espiritual estaban los líderes de las tribus y los clanes. En esta circunstancia, debido al grado de maldad y de transgresión a la Ley de Dios, el propio Jehová ordena que esos príncipes sean ejecutados, mediante “haqá” (no se usa la palabra “talá”, en la orden de Dios). Los jueces de Israel, representantes de las tribus en la administración de justicia, debían ejecutar la sentencia: “Entonces Moisés dijo a los jueces de Israel: Matad cada uno a aquellos de los vuestros que se han juntado con Baal-peor.” (V. 5). La muerte del príncipe simeonita y su mujer madianita, alanceados por Finees, puede indicar que las ejecuciones se efectuaron, matando primero a los culpables y luego empalándolos a la luz pública, hasta la caída del sol. Comentarios y diccionarios bíblicos señalan que los israelitas no sometían a los criminales a los tormentos del ahorcamiento y el empalamiento, sino que los ejecutaban primero y luego los colgaban, ya fuera mediante talá o mediante haqá.
Haqá fue el tipo de pena de muerte al que fueron sometidos los descendientes de Saúl. Sobre esto volveremos más adelante.
- La pena de muerte en el madero, fuera por empalamiento, ahorcamiento o crucifixión, introducía un factor adicional para el condenado: la maldición de Dios sobre el mismo (Deuteronomio 21:23; comparar con Gálatas 3:13).
- El dejar expuestos los cadáveres a las aves del cielo y a las fieras, fueren cuales fueren las circunstancias de la muerte, era una indignidad y vergüenza adicional (Génesis 40:19; Deuteronomio 28:26; 1 Samuel 17:44; 1 Reyes 14:11; 16:4; 1 Reyes 21:24; Jeremías 15:3; Ezequiel 39:4,17; Apocalipsis 19:17).
- ¿Por qué el pecado de un hombre, Saúl, conllevó el castigo de toda la nación?
Saúl representaba a la nación. Sus acciones personales tenían implicaciones colectivas, nacionales. Su violación del tratado de Josué y los príncipes de Israel con los gabaonitas involucraban a toda la nación que se beneficiaba con la esclavitud de los gabaonitas, a cambio de preservarles la vida. Nadie tenía derecho a violar el acuerdo, ni siquiera la cabeza de la nación, o sea el rey. Desde este punto de vista, se trata de una culpa representativa. Pero hay algo más: Saúl no pudo ejecutar el genocidio. Él contó con la ayuda del ejército y, por qué no, probablemente con gente de pueblo. No se necesita una información explícita en el texto bíblico, para entender (de acuerdo con todos los casos conocidos de genocidio, a lo largo de la historia) que gente del mismo pueblo, por diversos motivos, siempre participa de este tipo de hecho. Un líder político desquiciado siempre encontrará gente que lo siga hasta las últimas consecuencias, teniendo en cuenta que, adicionalmente, la matanza de los gabaonitas traía también el saqueo de sus pertenencias. Que sirvieran como esclavos al pueblo de Israel, no significa que, a lo largo del tiempo, no tuvieran posesiones personales, sobre todo porque el tipo de esclavitud no era tanto individual como colectiva.
Sea cual haya sido el motivo, había una culpa colectiva, y la sanción cayó sobre todos: la sequía y el hambre afectaron a todos. A diferencia del caso planteado en Deuteronomio 21:1-9, la tierra se llenó de cadáveres gabaonitas, la sangre gabaonita había contaminado la tierra, y el crimen no había sido expiado.
- ¿Por qué esperó Dios al reinado de David para castigar a la nación por este pecado?
No se sabe en qué momento Saúl impulsó este genocidio. Sin embargo, es posible que ocurriera ya avanzado su reinado (y más cercano a los tiempos del reinado de David), cuando ya su mente estaba altamente perturbada. Su locura y ceguera espiritual le habrían impedido ser consciente del castigo de Dios. Sí es bueno señalar que durante la matanza de los sacerdotes de Nob, quizá gabaonitas asignados al servicio del tabernáculo (Josué 9:23,21,27) hayan sido asesinados también, pero tal y como señala el comentarista Joseph Benson, “indudablemente hubo alguna destrucción más general de ellos por la cual se infligió este castigo, aunque la Escritura guarda silencio al respecto.”
Tampoco se conoce en qué momento exacto ocurrió esta hambruna. El relato de estos hechos están ubicados hace finales del segundo libro de Samuel, pero forma parte de un apéndice que recoge diferentes eventos ocurridos en épocas diferentes del reinado de David. En cuanto al tiempo cuando se produce el juicio Dios, es muy probable que ocurriera en los primeros años del reinado de David sobre toda la nación, después de sus siete años en Hebrón, gobernando sobre Judá, después que había restaurado a Mefiboset, el hijo de Jonatan (2 Samuel 9:1; 21:7), y antes de la rebelión de Absalón, cuando Simei, lo acusa de la sangre de los hijos de Saúl (2 Samuel 16:7,8).
- ¿Por qué los descendientes de Saúl pagaron el crimen? ¿Acaso esto no va en contra de Deuteronomio 24:16?
Justamente, la clave para entender por qué ellos pagaron por el crimen está en este pasaje.
1º. En la Ley de Moisés, Dios estableció la responsabilidad personal por el pecado. Cada persona pagaba individualmente por el delito cometido: “Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.” (Deuteronomio 24:16. Ver también Ezequiel 18). Aunque ciertas consecuencias naturales podían extenderse a las siguientes generaciones, la culpa y castigo por un crimen cometido no caía sobre la ascendencia (por ejemplo, los padres) o la descendencia (por ejemplo, los hijos); por ende, tampoco en los parientes colaterales (hermanos, sobrinos, primos, etc.). Esta prescripción contrastaba con las prácticas de pueblos vecinos, en los que la familia del que caía en desgracia, era castigada juntamente con este (ver Daniel 3:29; 6:24; Ester 7: 10 y 9:7-9).
Cabe aclarar que el castigo de la maldad hasta la tercera y cuarta generación estaba dado en el marco de las prácticas idolátricas, siempre y cuando las nuevas generaciones no se arrepintieran del pecado. Si lo hacían, el juicio no caía sobre ellas (analizar Éxodo 20:5; 34:6-7; Deuteronomio 5:9,10; 7:9,10). Dos casos que contrastan se dan: por un lado en la descendencia de diferentes reyes del reino norteño de Israel, que fueros aniquiladas porque no hubo nadie que se arrepintiese de la maldad de sus antepasados; por otro lado, la descendencia de algunos reyes de Judá como Manasés y Amón, que fueron perversos, aunque Manasés se arrepintió al final de sus días, y Josías, nieto e hijo respectivamente de ambos, que se convirtió a Dios de todo corazón.
Casos como el de Coré, Datán y Abiram y sus respectivas familias, y el de Acán y su familia, muestran un grado de responsabilidad de estas en las respectivas rebeliones. Por otra parte, en casos como estos se resalta cómo la responsabilidad del padre de familia en cualquier acto de rebelión, afecta a la misma. Se trata de responsabilidad individual pero también colectiva.
2º. Cuando David consultó a Jehová en cuanto al motivo de la calamidad, el Señor fue muy claro: “Es por causa de Saúl, y por aquella casa de sangre, por cuanto mató a los gabaonitas.” (2 Samuel 21:1).
La expresión “casa de sangre” nos señala un hecho muy importante: que lo sanguinario no sólo fue exclusivo del rey, sino de su casa, entendida como el conjunto de los que formaban parte de la familia real, incluyendo sus siervos. Pensemos en Doeg edomita que comandó la matanza de los sacerdotes de Nob (1 Samuel 22:6-23). Los miembros masculinos de la familia real, bien participaron o bien pudieron ser cómplices silenciosos de las masacres impulsadas, particularmente de la de los gabaonitas.
Saúl se suicidó en el campo de batalla y pagó con su muerte todos los pecados que había cometido en contra del Señor. Sus tres hijos principales murieron en la misma batalla, incluso Jonatán, de noble corazón, amigo y protector de David. Posteriormente, otro hijo de Saúl, Is-boset, que reinó dos años sobre las tribus del norte, murió asesinado. Incluso Abner, tío de Saúl y general de su ejército, terminó siendo asesinado por Joab, que actuó injustamente como “vengador de la sangre” por su hermano Asael, que había muerto a manos de Abner en una batalla. La descendencia real original, manchada de sangre, había sido diezmada considerablemente. La pregunta está si la sangre de todos ellos, derramada en un momento dado era considerada como personalmente expiatoria por la matanza de los gabaonitas, aunque murieran por otras razones.
Por su parte, el hijo de Jonatán, Mefiboset, era demasiado pequeño cuando murió su padre y, por lo tanto, no había participado ni activa ni pasivamente de tal crimen. Desde ese punto de vista, no llevaba la culpa de toda la sangre derramada. Además el pacto de David con Jonatán tampoco podía ser violado. De modo que, por doble razón, Mefiboset quedaba exonerado de expiar culpa y pecado. No obstante a esto, más adelante, él reconoció la culpabilidad de su familia y la misericordia de David para con él: “Porque toda la casa de mi padre era digna de muerte delante de mi señor el rey…” (2 Samuel19:28).
No sabemos qué edad tendrían los hombres ejecutados, ni qué grado de responsabilidad directa tendrían en la matanza de los gabaonitas. Los dos hijos de Rizpa eran hijos de Saúl, venían de la generación que acompañó a este rey. De los hijos de Merab no podemos determinar tampoco la edad, pero todos eran adultos, jóvenes quizás, pero mayores de edad. Todos formaban parte de una familia sanguinaria que tenía pendiente expiar muchos delitos de sangre: el asesinato de una gran cantidad de gabaonitas, el intento de exterminarlos totalmente como grupo étnico, en violación de un pacto juramentado en el nombre sagrado de Jehová.
Si ellos eran inocentes, ¿debían morir por el pecado de sus padres, cuando la ley especificaba que no? Algunos comentaristas señalan que, aunque fueran inocentes, ellos representativamente tuvieron que derramar su sangre para expiar el asesinato masivo, el genocidio cometido por Saúl y los suyos, así como por el pueblo, que activa o pasivamente había participado del crimen. Ya hemos visto que Dios había establecido que el que derrama sangre debía pagar con su sangre. Esta casa de sangre pagó. Más allá del grado de responsabilidad individual, el pecado y la culpa del jefe de la familia, Saúl, alcanzó a sus descendientes que tuvieron que tomar su lugar para hacer que la tierra mancillada y contaminada delante de Dios, fuera limpia, porque Jehová habitaba en ella: “Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis; porque esta sangre mancillará la tierra, y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó. No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.” (Deuteronomio 35:33,34). Hay cierta base para pensar que no eran culpables, al mencionarse a Mefiboset, exonerado por el pacto de David y Jonatán, y no mencionarse que era inocente del crimen. En este caso, ciertos comentaristas señalan que David no actuó bien, al haberle pedido la solución a los gabaonitas, y no haber consultado nuevamente a Dios, que podía haber dado otra solución. Sin embargo, este criterio es muy débil, puesto que el mismo Dios ya había señalado que había un pecado y una culpa no expiada, y en la ley estaba bien establecida cuál era la solución. En cualquier caso, los gabaonitas ahora estaban en la posición de vengadores de sangre, por sus compatriotas y familiares asesinados.
Otros comentaristas sostienen que, siguiendo la prescripción de Deuteronomio 24:16, estos hombres fueron ejecutados porque personalmente también eran culpables, al haber participado de la matanza, de lo contrario, la justicia de Dios habría quedado satisfecha con la muerte de Saúl y los de su entorno, tal y como señalamos más arriba.
Realmente es bastante complicada la respuesta. La expiación representativa es válida en las Escrituras. La vemos en el mismo Cristo, inocente, que murió en lugar de nosotros los pecadores. Los mismos animales sacrificados expiaban representativamente. No hay una base para decir que esto no fuera expiación representativa. Pero, por otra parte, también existen pruebas para pensar en la culpabilidad personal, tal y como hemos señalado anteriormente.
- ¿Por qué los gabaonitas le aplicaron ese tipo de pena?
Ya vimos que, de acuerdo con la Ley de Moisés, la pena para el asesinato era el talá (colgamiento, ahorcamiento), y que este realmente se hacía post mortem (la persona era primero ejecutada de otra manera más rápida y menos cruenta), más como exposición temporal (por una horas) a la vergüenza pública, que como forma directa de suplicio. Aún en el caso de la aplicación de haqá, en el evento de Números 25, tal parece que los culpables fueron muertos primero y empalados después.
Pero el caso de los siete descendientes de Saúl es especial:
1º. La ejecución no fue realizada por israelitas, sino por gabaonitas cananeos. Estos últimos no necesariamente tenían las formas mosaicas de ejecución. Es interesante que ellos claramente señalaron no el talá o ahorcamiento, sino el haqá o empalamiento.
2º. El texto bíblico no arroja luz sobre el modo específico en que se llevó a cabo la ejecución: si los condenados fueron ejecutados rápidamente y luego empalados, o si murieron con un suplicio lento y horrendo. Como se trataba de enemigos cananeos efectuando venganza, posiblemente esta última fue la manera que emplearon, pero no hay certeza al respecto.
Ciertos comentaristas señalan que David podría haber intervenido para que, en todo caso, la ejecución se realizara al modo israelí, pero hay que entender que este es un caso no sólo de expiación del crimen, sino también de venganza de la sangre, y la Ley de Moisés no establecía una manera para que el vengador de la sangre ejecutara su venganza. Dios le había revelado a David el quid del problema, y el rey actuó conforme a lo establecido por ley y costumbre.
- ¿Por qué dejaron tanto tiempo los cadáveres colgados? ¿No contravenía esto lo ordenado por Dios en Deuteronomio 21:22,23?
“Si alguno hubiere cometido algún crimen digno de muerte, y lo hiciereis morir, y lo colgareis en un madero, no dejaréis que su cuerpo pase la noche sobre el madero; sin falta lo enterrarás el mismo día, porque maldito por Dios es el colgado; y no contaminarás tu tierra que Jehová tu Dios te da por heredad”.
El texto bíblico no explica por qué. De hecho, lo que hace el cronista es narrar los hechos, de manera objetiva, sin introducir opinión o explicación. La información que nos da es que fueron ejecutados en los primeros día de la cosecha de cebada, esto es hacia el mes de abril, y que finalmente llovió, porque Rizpa estuvo cuidando los cadáveres desde los primeros días de la siega hasta que llovió sobre ellos. Se sobreentiende que, si la sequía y el hambre habían venido por causa del crimen no expiado, entonces la aparición de la lluvia indicaba que el tiempo de castigo divino había terminado, por lo que su justicia había sido satisfecha, el asesinato masivo había sido perfectamente expiado, y la tierra ya no estaba bajo maldición. Como podemos ver, en ningún lugar se señala que Dios mostró desagrado porque los cadáveres quedaran expuestos durante un período mayor al establecido en la Ley. La explicación que dan los comentaristas es que se trata de un caso especial. El Señor, en su soberanía, permitió este castigo ejemplar para recuerdo de la nación, de generación en generación: una cosa es ejecutar una orden divina como la de exterminar a los cananeos, porque sus pecados han colmado la copa de la ira de Dios, y otra es ejecutar tal acción sin el permiso divino y rompiendo un pacto juramentado en el sangrado Nombre de Jehová.
- ¿Qué tiempo estuvo Rizpa cuidando los cadáveres?
El texto bíblico no señala exactamente. El texto solo dice: “Entonces Rizpa hija de Aja tomó una tela de cilicio y la tendió para sí sobre el peñasco, desde el principio de la siega hasta que llovió sobre ellos agua del cielo…” (v. 10)
Hay dos opiniones entre los comentaristas:
1º. Llovió al cabo de seis meses, cuando normalmente se producían las llamadas “lluvias tempranas”, que permitían la germinación de la semilla sembrada, y que abrían la temporada de lluvias, la cual se extendía de octubre a abril. De ser así, indiscutiblemente que ocurrió por acción divina que hizo volver a la normalidad la estación de lluvias la cual había sido afectada por el castigo divino.
2º. Llovió fuera de tiempo, por acción divina, durante la normal estación seca, que se extendía de abril a octubre. Aunque no era común que esto sucediera, hay un caso bíblico en que llovió en dicha estación: “¿No es ahora la siega del trigo? Yo clamaré a Jehová, y él dará truenos y lluvias, para que conozcáis y veáis que es grande vuestra maldad que habéis hecho ante los ojos de Jehová, pidiendo para vosotros rey. Y Samuel clamó a Jehová, y Jehová dio truenos y lluvias en aquel día; y todo el pueblo tuvo gran temor de Jehová y de Samuel.” (1 Samuel 12:17,18). La siega del trigo se efectuaba en el mes de Sivan (segunda mitad de mayo y primera de junio). De acuerdo con esta postura, algo parecido pudo haber ocurrido en esa ocasión.
Ahora bien, analicemos lo siguiente. Como ya vimos, la temporada de lluvias comenzaba con las “lluvias tempranas”, en el mes de Bul (correspondiente aproximadamente a nuestra segunda mitad de octubre y primera mitad de noviembre). Esta lluvia permitía arar la tierra, sembrarla y que germinara la semilla de los cereales sembrados. Se cerraba con las “lluvias tardías”, que ocurrían hacia el final de la primavera, esto es en el mes de Iyar, correspondiente a la segunda mitad de abril y la primera mitad de mayo. Esta lluvia primaveral permitía la maduración final del grano. La cosecha de la cebada comenzaba primero, porque el grano maduraba antes que el de trigo (Éxodo 9:31,32; Rut 1:22). En el valle del Jordán, que era más cálido, empezaba a principios de la primavera, en el mes de Abib o Nisán, correspondiente a la segunda mitad de nuestro marzo y primera mitad de abril. Poco después, en las zonas montañosas de Canaán y finalmente, en el mes de Iyar (segunda mitad de abril y primera de mayo), en la meseta más templada de Galaad, en la Transjordania.
Los descendientes de Saúl fueron ejecutados en los primeros días de la cosecha de la cebada, que comenzaba el 16 de Nisán. Cabe aclarar que la mención de la cosecha de la cebada no quiere decir que se estuviera efectuando ese año. Debemos entender que la sequía de tres años había impedido las lluvias tempranas y las tardías, y que durante ese tiempo la época de lluvias no había existido, por lo cual ni habían podido sembrar, ni habían podido cosechar y, por esto, había venido el hambre. Lo que señala esta mención es que el evento se produjo al principio del período en que normalmente se producía esa cosecha, la que tenía una importancia muy grande en el calendario hebreo, ya que estaba vinculada con la Pascua (Levítico 23:10,11). Ahora bien, todavía en Nisán y en Iyar normalmente se producían las lluvias tardías. Si estos hombres fueron ejecutados en los siguientes días después del 16 de Nisán, había tiempo inclusive para que cayera la lluvia tardía como señal del perdón de Dios y de la restauración de la tierra. Sí, Rizpa tuvo que esperar cierta cantidad de días, pero no necesariamente los cinco o seis meses que faltaban para la lluvia temprana.
Bibliografía consultada:
Biblias:
Reina Valera 1960
Nueva Traducción Viviente
Nueva Versión Internacional
Tanaj (Antiguo Testamento hebreo)
Comentarios:
Biblical Illustration Commentary
Adam Clarke´s Biblical Commentary
Albert Barnes´s Biblical Commentary
David Guzik´s Biblical Commentary
Jamiesson, Fausset y Brown Commentary
Keil and Delitzsch´s Biblical and Exegetical Commentary
Joseph Benson´s Biblical Commentary
John Gill´s Biblical Commentary
F. B, Meyer´s Biblical Commentary
Keil y Delitzsch´s Biblical and Exegetical Commentary
Preacher´s Homiletical Commentary
Expositor Bible
Diccionarios:
Concordancia y Diccionario Strong
Diccionario Expositivo Vine
Diccionario Bíblico Certeza
Diccionario Bíblico CLIE
Diccionario Bíblico Caribe-Nelson
Diccionario Enciclopédico de la Biblia (Alfonso Ropero)
Lago, Puelo, Provincia del Chubut, Rep. Argentina. 2022
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